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jueves, 17 de octubre de 2019

DECRETO DE LA ESCOBA {1}



NOS La Escoba, camarera mayor de los Papas, de los Emperadores, de los Reyes y de todos los grandes y pequeños de la tierra, etc. Etc. _Considerando que es de nuestra obligación barrer al mundo de toda inmundicia física, moral y política, por cuanto Dios nos crió para este objeto desde el momento en que Eva comió la manzana y ensució el mundo; y considerando también:

1º- Que aunque nos propusimos barrer a todos los tontos, conviene conservar algunos, por ser animales muy útiles en la sociedad, haciéndolos servir según las necesidades y capacidades de ellos.
2º- Que habiendo muchos libros, cuya utilidad con f casi nadie la percibe.;
3º- Que todo el mundo se halla con el scribendi caccetes de Juvenal, o prurito de escribir; por el cual han de publicar una necrología o negrologia;
4º- Que todos quieren reformar y no ser reformados.

Hemos venido en decretar, y decretamos lo siguiente

Art. 1º. Algunos tontos podrán libremente escribir contra el diezmo, porque siendo su abolición un perjuicio notable al Estado, que participa de una porción considerable, sólo pueden atacar la renta decimal los tontos y bisoños en materia de hacienda. Así que, tales enemigos pueden divertirnos, y no causan perjuicio alguno.

Art. 2º. Se conservarán en las poesías del Dr. J.J. Olmedo las epístolas de Alejandro Pope, traducidas del inglés en verso castellano por dicho Doctor, por cuanto nos gusta el deísmo de Pope. También en la obra intitulada: Lecciones de política, por el Dr. Luis Fernando Vivero, se conservará el capítulo 11º., lecciones 1ª. Y 2ª., por contener principios muy buenos a favor de la fe, y por esta razón no se mudará el título de Lecciones de Política en Lecciones de impolítica. Igualmente ordenamos que los que padecieren de insomnios lean la obra del Dr. Francisco de Paula Vigil, por ser  un excelente soporífero; cuidando, sí, de no leer más que tres o cuatro hojas para conciliar el sueño; porque, de otra suerte, el exceso de este narcótico causaría la perdida de la vida.
Art 3º. Todo el que perdiere su padre, madre, hijos, parientes, amigos, sirvientes, etc.etc., está obligado, dentro del término perentorio de veinticuatro o treinta horas, a escribir un elogio de los finados. En él habrá hipérboles, mentiras, y un estilo hinchado. 
Y {…} 


(1)     Periodico que redactó el Padre Solano de 1854 a 1858 (N. de los EE)

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